Preguntas frecuentes

Incoterms y responsabilidades logísticas en pedidos B2B

Cómo aplicamos los Incoterms 2020 en embarques desde nuestra planta en México: EXW, FOB, DAP, DDP, transferencia de riesgo, seguro de carga, despacho aduanal y Carta Porte 3.0.

El Incoterm define quién paga, quién asume el riesgo y quién firma la aduana

Para un pedido promocional que cruza una frontera, el Incoterm es el contrato que responde las tres preguntas que determinan el costo total de la operación: ¿quién paga el transporte principal?, ¿quién asume el riesgo si la carga se pierde o se daña?, ¿quién tramita el despacho aduanal en el país de destino? Trabajamos exclusivamente con Incoterms 2020, que son la versión vigente publicada por la Cámara Internacional de Comercio y la que todos los transportistas mexicanos y extranjeros reconocen sin ambigüedad. Cualquier referencia a términos anteriores, o a cláusulas híbridas como "FOB destino" sin aduana incluida, la rechazamos por escrito porque abre la puerta a disputas en caso de siniestro.

El Incoterm más común para clientes mexicanos que reciben en su propio almacén es DAP, entregado en lugar. Nosotros contratamos el transporte, pagamos el flete, gestionamos el despacho de exportación y llevamos la mercancía hasta la puerta del cliente; el cliente asume el riesgo desde que la carga baja del camión en su domicilio y paga el despacho de importación si aplica. Para clientes corporativos con programa IMMEX, el Incoterm típico es FCA nuestra planta, porque el cliente prefiere tomar el control del transporte desde el cruce para alimentar su propio pedimento. Para clientes que importan a Estados Unidos, Canadá o la Unión Europea usamos DDP hasta su almacén para que reciban la mercancía lista para uso, sin sorpresas de impuestos en frontera.

Para embarques domésticos dentro de México operamos principalmente con DAP y con EXW cuando el cliente tiene su propia logística. DAP entrega en el domicilio del cliente en cualquier estado de la república, con un cargo de transporte indexado al peso, al volumen y a la distancia. EXW significa que el cliente pasa a nuestra planta a recoger la mercancía o contrata al transportista de su elección; en ese caso nuestra responsabilidad termina cuando la carga cruza la puerta de nuestro almacén y entregamos la Carta Porte 3.0 con los datos del transportista del cliente. No recomendamos EXW para clientes sin experiencia en logística, porque el riesgo de daño en tránsito recae completamente en ellos.

El seguro de carga es opcional bajo DAP pero obligatorio bajo DDP y bajo todos los términos donde nosotros asumimos el riesgo principal. Trabajamos con una póliza abierta con una aseguradora mexicana con calificación AA, que cubre daño físico, robo total y parcial, y faltantes verificables en báscula al momento de la entrega. La prima del seguro se cotiza como una línea separada en la proforma, normalmente entre 0.4% y 0.7% del valor declarado de la mercancía. Para embarques de alto valor recomendamos un seguro "todo riesgo" con cobertura ampliada, que incluye eventos políticos, huelgas y desastres naturales; el costo sube a entre 0.9% y 1.4% del valor declarado, dependiendo del destino.

El despacho aduanal en exportación es nuestro servicio estándar bajo cualquier Incoterm distinto a EXW. Tramitamos el pedimento de exportación en la aduana de salida, gestionamos los permisos previos cuando el producto los requiere (por ejemplo, productos textiles con cuotas de exportación o productos sujetos a regulación sanitaria), y entregamos al cliente el documento equivalente al DEX en formato electrónico. Para operaciones bajo programas IMMEX del cliente, nosotros actuamos como subcontratista de la operación y el pedimento lo firma el agente aduanal del cliente; nuestros registros de producción sirven como respaldo de la operación.

La Carta Porte 3.0 es el complemento del CFDI que documenta el transporte de la mercancía desde nuestra planta hasta el punto de entrega. Se emite en el momento en que la carga sale de nuestro almacén y lleva el RFC del cliente, el domicilio de origen y destino, el tipo de carga, el peso y el valor declarado, así como los datos del transportista y del operador. Para embarques urbanos dentro de la misma ciudad la Carta Porte se genera automáticamente; para embarques interestatales o internacionales el complemento se valida en el sistema del SAT antes del cruce y se anexa al CFDI correspondiente. Sin la Carta Porte 3.0 vigente, el CFDI no es deducible para el cliente, por lo que la emitimos y entregamos el mismo día del despacho.

Preguntas frecuentes sobre Incoterms

Lo que gerentes de logística, agentes aduanales y equipos de compras preguntan al trabajar con embarques internacionales desde México.

¿Qué Incoterm recomiendan para embarques dentro de México?

DAP, entregado en el domicilio del cliente, es el más usado. Para clientes con flota propia o contrato con transportista preferimos EXW, porque el cliente controla el transporte y reduce el costo final. Bajo DAP entregamos con Carta Porte 3.0 timbrada y con seguro de carga opcional.

¿Y para embarques a Estados Unidos o Canadá?

DDP hasta el almacén del cliente, asumiendo el despacho de importación y los impuestos de entrada. Para clientes con broker aduanal propio en destino, usamos DAP en frontera o FCA en planta mexicana, según dónde quiera el cliente hacerse cargo de la operación.

¿Quién paga el despacho de exportación mexicano?

Nosotros, bajo cualquier Incoterm distinto a EXW. Bajo EXW el cliente puede gestionar su propio despacho si así lo prefiere, pero nosotros recomendamos dejarlo dentro de la operación porque reduce tiempos y elimina un punto de fricción documental.

¿El seguro de carga es obligatorio?

Es obligatorio bajo DDP, DAP y todos los Incoterms donde nosotros asumimos el riesgo principal. Bajo EXW o FCA el cliente decide si lo toma o no. Cuando nosotros aseguramos, la póliza cubre daño físico, robo total y parcial y faltantes verificables al momento de la entrega.

¿Cómo funciona la Carta Porte 3.0?

Es el complemento del CFDI que documenta el transporte: lleva origen, destino, tipo de carga, peso, valor declarado y datos del transportista y operador. La emitimos el día del despacho y la anexamos al CFDI del flete. Sin la Carta Porte vigente el CFDI no es deducible.

¿Pueden embarcar por vía marítima?

Sí, para pedidos voluminosos o pesados donde el flete aéreo es prohibitivo. Operamos embarques FCL y LCL desde los puertos de Manzanillo, Veracruz y Lázaro Cárdenas hacia Long Beach, Houston, Rotterdam y Hamburgo. El tránsito típico es de 12 a 18 días puerta a puerta, dependiendo del destino final.

¿Qué pasa si la carga llega dañada?

El reporte se hace dentro de las 48 horas posteriores a la entrega, con evidencia fotográfica y apertura de un acta ante el transportista. Bajo DAP o DDP abrimos el reclamo con nuestra aseguradora y procesamos la reposición o el reembolso según el caso. Bajo EXW o FCA el cliente debe abrir el reclamo directamente con su aseguradora.

Preguntas frecuentes relacionadas

Otros temas vinculados al transporte, la aduana y la entrega de pedidos B2B.

¿Necesitas que definamos el Incoterm para tu próximo embarque?

Envíanos el destino, el volumen estimado y el tipo de producto. Te respondemos con las opciones de Incoterm, el costo de transporte, la prima de seguro y el tiempo de tránsito.